Defectos en construcción de vivienda no declarados

El caso es el siguiente: en marzo de este año mi novio y yo compramos una vivienda a estrenar de un bloque construido hace seis años a S***, en la cual nos interesamos por la plaza de garaje y la comercial me dijo que ellos no las vendían y que no tenían las llaves para enseñarlo. Y todo iba bien hasta ayer que fuimos a la reunión en la cual nos explicaron que la vivienda presenta defectos constructivos, es decir el edificio esta en una zona en la que de la tierra sale agua salina.

El agua se filtra por las paredes del garaje, que es como si fuera sótano, y por los pilares de este lo cual afecta a la estructura directamente y los responsables de la obra no lo tuvieron en cuenta. La abogada de la comunidad ha investigado y a la constructora no le vamos a poder reclamar porque todos los bienes los tiene hipotecados, y están en concurso de acreedores.

La cuestión es que los vecinos proponen que los daños los repare la comunidad, el dinero que falta que es sobre el 60% lo pongamos los vecinos. Tocamos a sobre unos 500 euros por propietario. Yo estaría de acuerdo si no fuera porque la reparación no es ni será permanente, es decir en el plazo de 10-15 años estaríamos en el mismo problema, ya que la reparación permanente es imposible realizarla, porque habría que levantar toda la acera de la manzana que rodea al edificio, cavar, meter aislantes, y después hacer lo que en principio vamos que hacer. Y claro eso es un presupuesto que ni de lejos podemos gastarnos

La pregunta es de que otro modo podemos hacer para que los responsables se ocupen del problema. A los últimos compradores como estábamos al tanto de los problemas del edificio, la abogada nos aconsejó denunciar a S***, por habernos engañado ya que ellos si conocían el problema, y nos lo ocultaron. Pero ella dice que de hacerse cargo, lo harían de esta derrama no de las que tendremos en un futuro por esta causa, por lo tanto de aquí a por tiempo tendremos una derrama de más de mil euros.

Jesica




Califica este Artículo:



Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *