Prescripción de deuda de telefonía

Hace dos días recibí una llamada de un bufete de abogados reclamándome una deuda de 450 euros de una compañía de móvil en la que estuve en 2012. Según me dicen se trata de dos facturas febrero y marzo de 2012. Cuando me di de baja n la compañía, en ningún momento se me comunico dicha deuda pendiente, hasta hace dos días que recibí la llamada.

La persona que me llamo dice que enviaron una carta a mi domicilio (ya no vivo ahí hace un año) hace dos meses comunicándome la deuda, no teniendo constancia de dicha notificación, por lo que la primera noticia que tengo de la deuda es de hace dos días.

Según he podido leer en internet existe jurisprudencia que establece la prescripción de este tipo de deudas en 3 años siempre que no haya una comunicación fehaciente entre medias reclamando la misma. Esta mi deuda entonces prescrita?

En caso de ser así ¿Tengo que hacer algo? O simplemente espero al monitorio y allí me opongo alegando esa prescripción.

Jose




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