Comisiones de correduría de seguros
En un contrato de seguro por un período bienal formalizado a través de una correduría de Seguros, es posible que si el asegurado firma una carta de nombramiento con otra correduría, la Aseguradora pueda decidir finalizar el pago de comisiones a la correduría que formalizó el contrato de seguros por un período bienal al término del primer año? O las comisiones deben pagarse a la correduría que formalizó el contrato por el período bienal?
La Aseguradora expone que ha solicitado información formal, a este respecto, a diferentes asociaciones profesionales del sector asegurador y le indican que aún habiendo formalizado el contrato de seguro por una duración bienal, al existir una carta de nombramiento a favor de otra correduría, las comisiones se pagan sólo por una anualidad por cuánto que es «práctica HABITUAL».
Juan
Califica este Artículo:

Deja un comentario