Deducción en IRPF por mínimo por descendiente
Que en 1997 obtuve un préstamo hipotecario, para la adquisición de vivienda habitual, de 54.091.
La vivienda era y es de construcción del año 1970. Con lo cual estaba para reformar; pero el banco sólo me dio el 80% del valor de tasación, con lo cual tuve que dejarla sin las reformas que necesitaba. Que en el año 2006 y con una nueva tasación el Banco (Banco Pastor) me realizó una NOVACIÓN MODIFICATIVA la cual consistió en la ampliación del capital en 44.595.
Con este capital y otro poco ahorrado, acometí las reformas que necesitaba la vivienda: Dobles ventanas, colocación de acumuladores eléctricos para calefacción, con el consiguiente cambio de la instalación eléctrica. Cambio de toda la instalación del agua (tenía tuberías de plomo), con lo que hubo que reformar y alicatar la cocina, el baño y el wc. Reformar algunas paredes para quitarles la humedad. Poner falso techo para poder realizar las instalaciones eléctricas y de agua. Acondicionar el tejado, la entrada y la escalera, además de la toma eléctrica del edificio. Etc… En total la inversión fue de 50.000.
¿Tengo derecho a la deducción de todo el préstamo en la declaración de Hacienda?
Francisco
Califica este Artículo:

Deja un comentario