Despido por el artículo 52 C
Buenos días, he sido despedido por causas económicas, el articulo 52 c, sin recibir el pargo de las nominas que me adeuda ni finiquito ni el despedido o sea nada, a su vez he denunciado a otra empresa del mismo ramo de la cual es administrador y propietario, una patrimonial de la cual es administrador y propietario y a el mismo.
El caso es que ahora tengo el juicio el cual ha retrasado ya una vez argumentando no recibir la citación de la segunda demanda el juicio a celebrar es por el impago de las nominas nos debe 5 y en este tiempo nos ha despedido yo e podido incluir en este juicio que se celebre por las dos cosas impago de nominas y despido articulo 52 c, y lo que me proponen es que la empresa que me ha despedido reconoce el despido improcedente 45 días me paga el finiquito unos 1400 euros, y dice que con esta acción, pasa a ser todo más rápido para ir a cobrar a fogasa?? no sé qué hacer y realmente no entiendo qué tipo de trato es este y a quién beneficia realmente, la diferencia que hay entre lo que nos debe y lo que en teoría cobrare de fogasa es brutal, bueno gracias por la ayuda.
José B
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