Devolución pensión no contributiva
Tengo que devolver una cantidad de dinero a la Tesorería General de la Seguridad Social antes del 31 de agosto del 2013: yo cobraba una pensión no contributiva debido a mi discapacidad (78%) desde los 22 años por un ICTUS.
En agosto 2012 me casé y en febrero 2013 me llegó la carta de la Consellería de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana donde me decían que tenía que devolver la cantidad de Pensión No Contributiva que percibí desde que contraje matrimonio. Es decir, desde el 25 de agosto del 2012 hasta febrero del 2013.
La tengo que devolver a la Tesorería General de la Seguridad Social según me ponía en la resolución que me llegó de ellos.
Mis preguntas van dirigidas en dos direcciones:
- La primera: ¿Esta resolución puede recurrirse dado que ahora los dos cónyuges estamos en el paro y yo tengo un grado de discapacidad del 78%?
- Y la segunda: ¿Si devuelvo ese dinero luego podría recurrir, o si lo devuelvo acepto todo, es decir, que no puedo recurrir esa decisión?
Beningno Zaballos
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Un comentario en Devolución pensión no contributiva
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Buenas, nosotros estamos en una circunstancia parecida e intentan embargarnos todo lo que tengamos cuando cumplimos con los requisitos: discapacidad, ingresos mínimos… He estado buscando información al respecto y hay miles de casos iguales al nuestro. Por lo visto, es un engańabobos. Me gustaría que pudiéramos hablarlo en común gente con el mismo problema y ver si podemos hacer algo en conjunto, es totalmente injusto y no nos dan una solución para poder pagar debidamente sin que ello suponga perder bienes y todo lo que tenemos. Por favor, estoy intentando reunir a gente con este mismo problema e intentar juntos buscar una solucion, a mas gente, mayor presion, son muchísimas las personas en estas circunstancias. Póngase en contacto conmigo a través del siguiente correo electrónico: Cristina.florido.tallafigo@hotmail.com