Días de vacaciones con el padre
Son mis primeras vacaciones como divorciada y ahora se me plantea una gran duda en mi sentencia de divorcio pones: en los años impares estará con el padre la primera quincena de julio y de agosto, desde las 12 horas del día 1 hasta las 19 horas del día 16, que la entregara en el domicilio materno. Y con la madre la segunda quincena.
En los años pares, estará con el padre la segunda quincena de julio y agosto, desde las 12 horas del día 16 hasta las 19 horas del día 31, que lo entregara en el domicilio materno. Y con la madre la primera quincena, así regira igualmente para la primera quincena de septiembre, primera mitad de los años impares para el padre hasta la incorporación de la menor al colegio. Y mi duda y pregunta es entonces cuando me debe traer la niña a casa? El colegio empieza marte día 10 de septiembre estoy hecha un mar de dudas y un lio.
Paqui
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