Divorcio y filiaciones de hijos de padres distintos
Contrajeron matrimonio. Del matrimonio nacieron dos hijos, Antonio y Julián. Se separaron de hecho. Encarnación conoció a Juan, con el que inició una relación de la que nació Alberto. Pero el matrimonio seguía conviviendo junto, con los tres hijos de ella. Tras un tiempo, los cónyuges pactaron una ruptura definitiva de sus relaciones conyugales, suscribiendo un documento en el que, entre otras cosas, pactaron vivir separados.
Tras la ruptura definitiva del matrimonio se divorciaron y, una vez firme la sentencia de divorcio, ella contrajo matrimonio con Juan, yéndose éste a vivir con ella y con los tres hijos de ésta, manteniéndolos económicamente, porque Eduardo nunca pagó alimentos a sus hijos y dejó de verlos tras la ruptura definitiva. Encarnación y Juan se separaron judicialmente tras un año de relación. Alberto trató a Juan como su verdadero padre desde el primero momento.
- ¿Qué tipo de filiación tiene Eduardo frente a Alberto? Y ¿Cómo se determinó?
- ¿Existió posesión de estado en las relaciones de Eduardo con Alberto? ¿y en las relaciones de Juan con Alberto?
- ¿Puede Juan reclamar algún tipo de filiación respecto de Alberto?
- ¿Puede Alberto reclamar algún tipo de filiación frente a Juan?
- ¿Puede Juan impugnar la filiación de Eduardo frente a Alberto?
- ¿Puede Alberto impugnar su filiación frente a Eduardo?
- ¿Puede Encarnación impugnar la filiación de Eduardo frente a Alberto?
- ¿Puede Encarnación reclamar la filiación de Juan frente a Alberto?
Ana Oliveros
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