Es legal dar prioridad a los más antiguos en esta actividad

En un club social, deportivo privado, tenemos una actividad (acampada de verano), pero en los últimos años se a superado el aforo y el espacio, queremos reglamentar el uso, y claro, los que ya estamos acampando no queremos perder dicha actividad. Mi pregunta ¿es legal dar prioridad a los más antiguos en esta actividad?, en otras sociedades como por ejemplo una cofradía los costaleros mientras ellos quieran ser costaleros están y los demás esperan su turno hasta que alguno de los antiguos salga.

Art. 10 derechos de los socios.
1. – los socios propietarios tendrán los siguientes derechos:
e) la utilización de todas las instalaciones y servicios de la entidad.

Art. 11 igualdad de los socios.

Se establece el principio de igualdad de todos los asociados, sin discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Paco V




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