¿Herencia, donación, compraventa?
En la Comunidad Autónoma andaluza, ¿qué es más ventajoso o más económico? En la siguiente situación: mi madre propietaria de un piso en Sevilla capital, (valor mercado entre 120.000€ y 180.000€) me quiere poner a mi nombre o escriturarlo en el que yo (hijo) vivo desde hace más de 10 años, y del que pago todos sus gastos, todos los recibos-facturas están domiciliadas en mi c/c y a mi nombre (luz, agua, gas, comunidad, seguro, etc).
Porque, claro, ella teme que si fuese herencia, no tenga yo la liquidez suficiente para hacer frente al impuesto de sucesiones, y demás gastos que una herencia conlleva. Por ello, piensa en si otras fórmulas serían menos gravosas, como la Donación.
Y en caso (Herencia, Donación o Compra) cuáles y qué cuantía aproximada supone en cada caso?
O es que existe otra manera? Por ejemplo, sería mejor venderlo que ella me pase el dinero (Hacienda me preguntará de donde ha salido ese dinero) y con ese dinero me compro otro piso y ya escriturandolo a mi nombre?
Daniel
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