Preguntas sobre de derechos de paso
Soy propietario de un suelo urbano sin edificar, al que se accede desde la calle por un túnel (delimitado por las construcciones colindantes y también de mi propiedad) y que no tiene puerta alguna. En este momento estoy adecentando dicho suelo para convertirlo en un patio interior y pretendo poner una puerta para evitar la entrada indiscriminada de personas y animales.
El caso es que, con dicho suelo linda otra casa que conserva una puerta por la que podría acceder a través del patio (ahora no está en uso porque esta propiedad tiene acceso directo desde la calle).
Mi pregunta va encaminada sobre las implicaciones legales que tendría el hecho de poner la puerta al inicio del túnel de acceso a mi propiedad.
- ¿Es distinto, desde el punto de vista legal, dejar la puerta sin cerrar con llave, o cerrarla con llave y darle una copia al otro propietario?
- Al darle copia de la llave ¿adquiriría más derechos sobre mi propiedad?
- ¿Cambia algo la circunstancia de que, mi propiedad tiene escritura pública y está inscrita en el Registro de la Propiedad y que en dicha escritura no figura la servidumbre de paso?
- ¿Si le doy una llave de la puerta, sería reconocer algún derecho a mayores de la servidumbre de paso?
Demetrio
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