Prescripción de deuda con sociedad de garantía reciproca
En Julio del 2007 una Sociedad de Garantía Reciproca a la que figuro como avalista junto con otros 3 socios, formuló una demanda ejecutiva en reclamación de saldo de cuenta por un importe de 9.000 euros. A día de hoy de Septiembre de 2016 que no he vuelto a recibir más notificaciones ni ninguna clase de reclamaciones judiciales desde entonces.
No tengo constancia de resoluciones judiciales ni ninguna otra clase de notificaciones judiciales o bancarias. Tan solo un Burofax en el que comunican que figuro como moroso en una web nacional de morosos.
Según tengo entendido en el 2015 el Gobierno cambió la legislación y el plazo de prescripción de las deudas a sido reducido a 5 años.
Mis preguntas son:
- ¿Este asunto a prescrito o puede prescribir?
- ¿Si ha prescrito puedo solicitar en la susodicha web que me quiten de la lista de morosos?
Manolo B.
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