Revocación escritura y reclamación dineraria

Primero: En febrero 2010 escriture dos viviendas y en agosto 2013 la he vendido el administrador de la promotora que las vendió esta en concurso de acreedores y quiere revocar tanto la venta que me realizo como la que he realizado yo personalmente. Tengo entendido que pasados dos años no se puede revocar una escritura publica.

Segundo: Las viviendas que compre en febrero de 2010 estaban en construcción, el promotor que a la vez hace de constructor me hace firmar un documento notarial para la terminacion de las viviendas con hasta 22. 000. -€ posibles de reclamar por terminacion de cada una de las viviendas, se han terminado tienen cedula de habitabilidad, pero no están terminadas según memoria de calidades, me ha solicitado el dinero vía burofax y vía notarial y he contestado que cuando me demuestre la facturacion por terminacion de las viviendas y las viviendas se ajusten exactamente a la memoria de calidades se podrá realizar el abono de la reclamacion conforme a fras. Presentadas. Que tiempo puede estar reclamando el importe por terminacion de las viviendas si estas no están terminadas según memoria de calidades?

Juan




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