¿Al ser disolución 50% debo tributar por aumentar mi patrimonio?
Me divorcié en enero de mutuo acuerdo y realizamos liquidación de la sociedad conyugal. Ella hizo subrogacion de la hipoteca de la propiedad de ambos (piso) haciéndose responsable de la deuda. Y de la diferencia restante entre el valor real y la hipoteca restante, la cual ella ya ha asumido, la cantidad resultante es de unos 52000, de los cuales se acordó me corresponde la mitad, en dicho documento.
Es decir 50%. Ahora hacienda me ha notificado que mi declaración observan incidencias por la variación de valores patrimoniales del ejercicio anterior y debo ir a solucionar a una delegación, aportando toda documentación, originales y copias, allí esta cuestión. Mi pregunta es… Estoy exento de impuestos fiscales, al ser disolución 50% o debo tributar por aumentar mi patrimonio?
Juan Carlos
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