Embargo y adjudicación de bien inmueble
Por deuda el juzgado embarga una propiedad, no es notificado el propietario embargado, porque el juzgado no sabe el domicilio. Se saca a subasta, no se presenta nadie y se la adjudica el adeudado.
Mi pregunta es:
dicha propiedad es una finca rústica en explotación y es de 5 propietarios (hermanos) a proindiviso y tiene un usufructuario (madre), ¿hay base jurídica para retrotraer el procedimiento por falta de notificación al resto de propietarios para licitar en la subasta o pagar deuda ejerciendo el derecho de tanteo y retracto al que pienso tienen derecho?
Si es cierto lo expuesto se pueden solicitar medida cautelar para paralizar inscripción en registro.
Se han embargado 180.000 € por 7.000, y el adjudicatario (adeudado) se esta poniendo en contacto con el arrendador de la finca para la venta, aquí si se que puedo ejercer mis derechos pero entiendo que el procedimiento judicial no es correcto y no tengo por que pagar más cuantía que la adeuda más gastos. Necesito saber 100% si es posible retrotraer embargo sino no contrtato abogado.
Miguel
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