Herencia o cesión en vida
Mi abuela es la titular de un piso dónde viven ella y su hija (mi tía) como vivienda habitual. Se trata de una vivienda de protección oficial que se le concedió a mi abuela, inicialmente en alquiler con derecho a compra y posteriormente compró (hace más de 10 años) y se encuentra libre de cargas.
Mi abuela tiene hecho testamento en favor de su hija, pero ambas tienen miedo a que el día que fallezca mi abuela, su hija no pueda aceptar el piso por razones económicas. Mi tía vive en ese piso, así que necesita poder aceptar la herencia. Se nos ocurrió la idea de hacer una cesión en vida, pero suponemos que eso también conlleva el pago de ciertos impuestos.
Mi pregunta es: ¿que resulta más conveniente económicamente: aceptar la herencia del piso o realizar una cesión en vida?
Como supongo que esto pueda variar según comunidades autónomas, le informo que el piso está en A Coruña.
En caso de la cesión en vida resulte más ventajosa ¿dónde y cómo se realiza el trámite?
Olga Base
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