Nulidad de escritura pública

Al comprar mi padre una vivienda como empleado al Banco de la Nación (programa), en la minuta sólo figuran mi padre (empleado) y el representante del Banco, pero al elevarse a escritura pública, él pone a mi madre como esposa (como comparecientes ante el notario), pero que luego de muchos años no enteramos que mi padre había sido obligado a casarse con otra (esposa) en 1946, pero mi madre venía conviviendo con mi madre desde 1933, fallellciendo mi padre en 1988. Este hecho glosado, merece la nulidad de la escritura, mucho más el tiempo transcurrido. Ella y su hijo demandaron así, pero el juicio no prosperó por defectos en notificaciones, quedando incólume la escritura.

Mi madre, sin ser heredera, sería titular del 50% de acciones de la casa. 3) como heraredarían ella y su hijo. Los hijos de mi madre somos 4 anteriores y 1 posterior al indicado matrimonio con la sra. 4) Si ellos se oponen, podríamos vender nuestras acciones con las de mi madre.

Manuel Benites Aznaràn




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