Sobre contratos de arrendamiento urbano
Mi consulta es sobre LA VIGENCIA de un contrato, realizado bajo las normas mercantiles de España y firmado en Madrid. Es un contrato de arrendamiento de local comercial, en concreto un restaurante.
El contrato se realiza en 1989, y existe una clausula que reproduzco debajo de esta línea:
«El plazo fijado en el contrato es obligatorio, quedando sujeto a la prórroga legal u obligatoria establecida en el artículo 57 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, pactándose expresamente por las partes, que no será de obligación lo dispuesto en el artículo 9 del Real Decreto Ley de 30 de abril de 1985, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 9 de mayo del mismo año.»
Mi pregunta es ¿Cuándo finaliza el contrato?
Juan José Sotillo
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