Contrato de arras penitenciales

Mi pareja y yo firmamos un documento de «Compromiso de compraventa con arras penitenciales». En el documento se detalla en la primera cláusula que la inmobiliaria «tiene encomendada la gestión de la venta de la finca objeto de este contrato», y en la segunda «… En ejercicio de las cuales la propiedad podrá desistir de la venta convenida devolviendo las arras por duplicado y el comprador… «.

Este contrato tiene como fecha límite el 15 de Mayo, pero resulta que el vendedor de la propiedad que estaba fuera de España y volvió hace más de dos semanas, fue a buscar las llaves del piso y no han logrado volver a ponerse en contacto con él, ni vía mail, ni teléfono…

La duda es, si llegara el día 15 de Mayo, quién es el responsable de devolver esas arras por duplicado? Se podrían negar a devolver el doble o incluso, la paga y señal?

Joel Sanchez




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