Sistema de valoración herencia

En una familia de 4 hermanos, la hermana nº 4 contribuye con 1000000 de ptas. A la compra de la vivienda, en 1977, de su hermana nº 2 aportando ésta 1300000de ptas. Para poder vivir en la citada vivienda se acomete una obra para instalar una cocina y un baño, cuyo importe (900000 ptas.) es aportado en su totalidad por la hermana nº 2.
Las escrituras de propiedad de dicha vivienda están a nombre de las dos hermanas.

En el año 1985, la hermana nº 4 contribuye con 2000000 de ptas. A la compra de una vivienda por parte de su hermano nº 1, aportando éste 2000000 de ptas.
Las escrituras de propiedad están a nombre de los dos hermanos.
Durante un período de tiempo se alquila la vivienda.

En el año 1986, la hermana nº 4 contribuye con 2000000 de ptas. A la compra de la vivienda de su hermana nº 3, aportando ésta 3000000 de ptas. Se acomete una obra de mejora en la vivienda en 1995 por importe de 3000000 de ptas. Dicho importe es aportado en su totalidad por la hermana nº 3.
Las escrituras de propiedad están únicamente a nombre de la hermana nº 3.
Durante un período de tiempo se alquila la vivienda.

La hermana nº 4 fallece en 1995.
A la fecha del fallecimiento deja en una cuenta corriente 1200000 ptas.
Previa petición de acuerdo a las otras dos partes, la hermana nº 3 utiliza el dinero de la cuenta corriente para acometer la obra de mejora de su vivienda.

Durante el presente año 2013, los tres hermanos restantes se disponen a regularizar las distintas situaciones. Para lo que tienen en cuenta los valores de las distintas viviendas a precio actual.

  • ¿Cómo hay que hacer las cuentas para valorar la herencia?
  • ¿Hay que incluir el precio de las obras en el valor de las viviendas de la misma manera o existen distintos criterios de valoración?
  • ¿Hay que liquidar intereses a las otras dos partes del dinero que utilizó la hermana nº 3 de la cuenta corriente? ¿Con qué sistema de valoración?

Pablo Carmona




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